Podemos solicita al Gobierno del Estado que modifique de manera urgente, y antes de su entrada en vigor, el artículo 56 del Código Civil, en el que se establece una serie de restricciones a la hora de contraer matrimonio para las personas con discapacidad. Según la Ley 15/2015 de la Jurisdicción Voluntaria, que modifica este artículo del Código Civil, se especifica que “si algunos de los contrayentes estuviesen afectados por deficiencias mentales, intelectuales o sensoriales se exigirá por el Secretario judicial, Notario, Encargado del Registro Civil o funcionario que tramite el acta o expediente, dictamen médico sobre su aptitud para prestar el consentimiento”.
Esta modificación, según la parlamentaria Natividad Arnáiz, esconde una auténtica discriminación para las personas con discapacidad. “Estas nuevas trabas suponen un retroceso en la igualdad porque son restricciones innecesarias”, asegura.
Arnáiz ha registrado una Proposición no de Ley en el Parlamento de Canarias en la que se persigue además que se redacte un nuevo texto en el que se respeten los derechos fundamentales de las personas con discapacidad “garantizando la presencia de intérpretes de Lengua de Signos, así como la utilización durante todo el procedimiento de documentos en formato accesible y lectura fácil”. La iniciativa también recoge que se garantice la accesibilidad de todas las personas a los espacios donde se pueda contraer matrimonio con arreglo a la nueva ley.
La diputada afirma que la modificación del Código Civil vulnera lo adoptado por la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en relación a la terminología. “En la Convención se acordó que se abandonaba el empleo de los términos de incapaz o incapacitación y se sustituyeran por la referencia de personas cuya capacidad está modificada judicialmente”.