Más de 700 millones de euros en ayudas extraordinarias a ganaderos afectados por la sequía

Ganadería en Antigua

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha iniciado el procedimiento para pagar un total de 712,7 millones de euros en ayudas  extraordinarias a agricultores y ganaderos afectados por la sequía

 

 

Ayudas para compensar las pérdidas y el incremento de los costes de producción 

El real decreto-ley aprobado el pasado 4 de mayo por el Consejo de Ministros  establecía ayudas extraordinarias por 631,7 millones de euros para compensar las  pérdidas y el incremento de los costes de producción producidos por la sequía y  como consecuencia de la guerra en Ucrania a los agricultores y ganaderos  españoles.  

Además, se abonarán también los 81 millones de euros asignados a España de la  reserva agrícola de la Política Agraria Común (PAC), a petición del ministro de  Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, realizada a la Comisión Europea. 

PUBLICADO EL LISTADO PROVISIONAL DE EXPLOTACIONES GANADERAS BENEFICIADAS 

El ministerio ha publicado hoy, día 4, en la página web del Fondo Español de  Garantía Agraria (FEGA) el listado provisional de los 74.651 titulares de  explotaciones ganaderas que se van a beneficiar de la ayuda de Estado por 355  millones de euros.  

Este apoyo extraordinario, que se empezará a desembolsar a partir de octubre, se  concede directamente a los beneficiarios, productores de carne de vacuno (vacas  nodrizas), de ovino y de caprino y productores de leche de vaca, oveja y cabra que  hayan sido beneficiarios de ayudas asociadas a la ganadería de la Política Agraria  Común (PAC) de la campaña 2022 y que tengan censo mayor que cero a 30 de  abril de 2023. 

El caso de la Comunidad de Canarias

En el caso de la Comunidad Autónoma de Canarias los beneficiarios serán los  titulares de explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino dadas de alta en el  Registro General de Explotaciones Ganaderas a 30 de abril de 2023. 

Las ayudas se conceden cuando el importe a percibir resulte igual o superior a los  200 euros. Se estima que los beneficiarios que cumplen con las condiciones  establecidas para acceder a esta ayuda, que no presenten alegaciones y que estén  al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, podrán percibir estas ayudas en el mes de octubre.  

El presupuesto total asignado de 355 millones de euros se distribuye de la siguiente  forma: 197 millones de euros para los productores de carne de vacuno, 117,4  millones de euros para los productores de carne de ovino y caprino, 17,4 millones  de euros para los productores de leche de vaca y 23,2 millones de euros para los  productores de leche de oveja y cabra. 

Importes unitarios por cabeza de ganado

En base a los datos provisionales de explotaciones ganaderas subvencionables y  al número de animales que serían elegibles para esta ayuda, y para evitar superar  la cuantía máxima estimada por especie y orientación productiva, se ha realizado  un ajuste lineal a los importes unitarios indicados en el real decreto-ley 4/2023, de  11 de mayo, de tal forma que se han establecido los siguientes importes unitarios  por cabeza de ganado para las zonas de afección alta de sequía:

Vaca de carne (nodriza): 143,48 euros 

Oveja y cabra de carne: 15,89 euros 

Vaca de leche: 55,12 euros 

Oveja y cabra de leche: 8,66 euros 

Tal y como establece el real decreto-ley, las explotaciones que cuenten con la  mayor parte de sus animales potencialmente subvencionables en la campaña 2022 en las comunidades autónomas establecidas como zonas de afección media de  sequía recibirán el 50 % de los importes previstos para cada especie y orientación  productiva, mientras que las de afección moderada percibirán el 25% de los  importes. 

Productores de leche de vaca

Para los productores de leche de vaca se establece un máximo de 725 animales  subvencionables por beneficiario. Los productores de vacas nodrizas percibirán el  100 % del importe unitario para las 250 primeras vacas, y un 50 % de los mismos  desde la 251 hasta la totalidad de su censo. Los productores de ovejas y cabras  percibirán el 100 % de los importes respectivos para los primeros 2.000 animales,  y el 50% de los mismos para el resto de sus animales elegibles.

 

El número provisional de titulares de explotación y los importes totales provisionales  por comunidades autónomas son: 
COMUNIDAD  

AUTÓNOMA

Nº titulares de  

explotaciones 

ganaderas

Importe Total (€)
Andalucía  9.963  64.569.835
Aragón  2.698  24.154.774
Asturias  5.894  5.772.982
Baleares  982  726.810
Canarias  567  520.154
Cantabria  3.670  4.289.761
Castilla-La Mancha  4.401  38.849.686
Castilla y León  13.392  58.996.927
Cataluña  2.573  17.658.784
Extremadura  11.147  106.621.478
Galicia  12.609  10.384.670
Madrid  938  2.961.143
Murcia  719  6.321.425
Navarra  1.712  5.062.924
País Vasco  2.390  2.087.554
La Rioja  308  1.676.791
C. Valenciana  688  4.344.293
Total  74.651  354.999.991

 

La relación de los titulares de las explotaciones que pueden optar a las ayudas,  junto con el número de cabezas de ganado computadas y la cuantía de la ayuda a  percibir están disponibles para su consulta en el tablón de anuncios de la sede  electrónica del FEGA, se puede consultar la relación de los titulares de  explotaciones ganaderas que pueden optar a las ayudas. Los interesados disponen  de un plazo de 10 días hábiles (desde el 5 al 18 de julio) para realizar alegaciones,  que deberán presentarse exclusivamente a través del formulario de alegaciones de  la sede electrónica del FEGA.

 

Se puede consultar más información en la página web del FEGA, en el siguiente  enlace: https://www.fega.gob.es/es/ayudas-excepcionales-productores-sectores agrarios/ayudas-sectores-ganaderos 

CONSULTA PÚBLICA DE LAS AYUDAS A LOS AGRICULTORES

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha presentado también a  consulta pública el borrador de orden ministerial por la que se establecerán los  sectores agrícolas a los que se destinarán las ayudas extraordinarias establecidas en el Real Decreto Ley 4/2023, de 11 de mayo, con un presupuesto de 276,7  millones de euros, al que se añaden 81 millones de euros de la reserva agrícola de  la PAC asignados a España. 

Los fondos contemplados en este real decreto-ley se destinarán a aliviar la  situación de los agricultores con superficies de cultivos herbáceos de secano, de  determinados cultivos industriales (tomate de industria y arroz) y de cereza del Valle  del Jerte (Cáceres), que se han visto afectados por el efecto combinado del  incremento de los costes de producción derivados de las consecuencias de la  guerra en Ucrania y por el efecto del segundo año consecutivo de sequía.  

 

Cultivos herbáceos de secano

Para los cultivos herbáceos de secano, el importe unitario de la ayuda se  diferenciará por zonas. Así, la zona más amplia, en la que las reducciones de  cosecha han sido más acusadas, los agricultores recibirán el importe unitario por  hectárea completo de la ayuda. Esta zona comprende las comunidades autónomas  de Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Cataluña, Extremadura, Madrid, Murcia,  Navarra, La Rioja, la Comunidad Valenciana y la provincia de Álava, en el País  Vasco. Los agricultores de las provincias del norte de Castilla y León (Zamora,  León, Palencia, Valladolid, Burgos y Soria), en donde los efectos de la sequía han  sido menos severos, así como los de las Islas Baleares y las Islas Canarias,  recibirán el 50 % del importe unitario por hectárea de la ayuda.  

Cultivos industriales

En el caso de los cultivos industriales, tomate para industria y arroz, se prevé una  ayuda para los productores que excepcionalmente no hayan podido realizar las  siembras en 2023 en las tierras que tradicionalmente destinan a estos productos.  

Estas ayudas se pagarán de oficio, a los titulares de explotaciones agrarias que  sean beneficiarios de las ayudas directas de la PAC correspondientes a la campaña  2023, cuyo plazo de presentación de solicitudes finalizó el pasado 30 de junio, sin que los beneficiarios tengan que realizar ningún tipo de gestión adicional. Las  ayudas, que estarán limitadas a 300 hectáreas para por beneficiario, se pagarán mediante transferencia directa, por parte del Fondo Español de Garantía Agraria  (FEGA). 

 

Productores  de fruta de hueso, fruta de pepita, frutos secos, frutas tropicales y cítricos

 

Los 81 millones de euros de la reserva agrícola de la PAC asignados a España por  la Comisión Europea se destinarán a los productores de determinados cultivos  leñosos para los que las condiciones de sequía han afectado en mayor medida en  las fases críticas de su ciclo de desarrollo. Se trata, en concreto, de los productores  de fruta de hueso, fruta de pepita, frutos secos, frutas tropicales y cítricos. Se  establecerán dos zonas con importes diferenciados de ayuda por hectárea. Así,  recibirán el importe unitario por hectárea completo los productores de las provincias  de Almería, Granada, Málaga y Álava y de las comunidades autónomas de Aragón,  Cataluña, Navarra y La Rioja. Los productores del resto de las provincias de la  comunidad autónoma de Andalucía, de Castilla-La Mancha, Extremadura, Murcia  y la Comunidad Valenciana, recibirán el 50 % del importe unitario de la ayuda.  

Subvenciones directas

Estas ayudas se pagarán en forma de subvención directa por parte del FEGA, a los  titulares de explotaciones agrarias que sean beneficiarios de las ayudas directas  de la PAC correspondientes a la campaña 2023, con un límite de 70 hectáreas por  beneficiario, sin que los productores tengan que realizar ningún tipo de gestión  adicional. El pago de esta ayuda se realizará en el plazo que determine la normativa comunitaria. 

El Gobierno ha desplegado, desde marzo de 2022 una batería de ayudas directas  sin precedentes para hacer frente a las consecuencias de la guerra en Ucrania y de las adversidades climáticas que suman 1.380,2 millones de euros (sumados ya  los 81 millones de euros del fondo de reserva agrícola de la PAC). Estas ayudas  extraordinarias se suman a las ayudas directas de la PAC, que reciben anualmente  agricultores y ganaderos, por un valor aproximado de 4.800 millones de euros anuales. 

 

Reducción del 25% del rendimiento neto del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para agricultores y ganaderos

Adicionalmente, el Gobierno ha puesto a disposición del sector agrario en su  conjunto otras medidas de apoyo de ámbito fiscal, como la reducción general del  25 % del rendimiento neto del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas  para los agricultores y ganaderos acogidos al régimen de estimación objetiva por  módulos, o la reducción del impuesto aplicable al gasóleo agrícola. Igualmente ha  facilitado medidas de liquidez mediante préstamos avalados por la Sociedad  Anónima Estatal de Caución Agracia (SAECA) a interés reducido y con subvención  a parte del capital, así como incrementos en el presupuesto destinado a las  subvenciones en los seguros agrarios y en las pólizas del seguro por sequía. 

Las comunidades autónomas pueden, si lo estiman necesario, complementar con  fondos propios las anteriores ayudas directas habilitadas por el Estado para apoyar  a agricultores y ganaderos en los sectores anteriormente reseñados o en otros. 

La consulta pública de la orden ministerial se encuentra disponible en el siguiente  enlace: 

https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/participacion 

publica/proyecto_orden_ayudas_agricolas_ucrania_sequia.aspx

 

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