Entra en vigor la nueva norma de calidad del pan

La nueva norma contempla requisitos más estrictos para considerar un pan 'integral', concreta la definición de 'masa madre', y amplía la definición de 'pan común' a otros panes

Entrada en vigor de la nueva norma de calidad del pan

La nueva norma de calidad del pan, que ha entrado en vigor este lunes, 1 de julio, garantizará a los consumidores la adquisición de productos de calidad perfectamente caracterizados y etiquetados.

La norma, aprobada el pasado mes de abril en Consejo de Ministros mediante Real Decreto, sienta un precedente legal en las normas de calidad de los alimentos al introducir una fiscalidad positiva.

De esta forma se busca mejorar la competitividad del sector español del pan, garantizar la leal competencia entre industrias estableciendo las mismas condiciones a todos los productores y facilitar la innovación atendiendo las nuevas necesidades de los consumidores.

De igual forma, garantiza un alto nivel de calidad de los productos y mejora la información que reciben los consumidores, clarificando las denominaciones de venta, así como el resto de información voluntaria que pueden utilizar los operadores.

La norma de calidad del pan contempla requisitos más estrictos para considerar un pan ‘integral’, ya que exige que el 100% de la harina empleada será integral. Se tendrá que indicar el porcentaje de harina en el etiquetado para aquellos panes integrales o de otros cereales que no estén elaborados de forma exclusiva con ese tipo de harinas.

También incluye requisitos más estrictos en el caso de pan de otros cereales, como el de centeno, que solo podrá ser elaborado con ese tipo de harina, y se define el pan multicereal.

La concreción del concepto de ‘masa madre’ es otra de las novedades de la nueva norma de calidad del pan, el cual preserva a un tipo de elaboración que limita el uso de levaduras industriales, además de establecer los requisitos de utilización de la denominación ‘elaborado con masa madre’.

También la elaboración artesana del pan resulta definida en la norma, la cual contempla que debe primar el factor humano frente al mecánico, además de los requisitos exigidos para poder utilizar la mención en el etiquetado de productos.

Se introduce una nueva definición de ‘pan común’, que incluye panes elaborados con otro tipo de harinas distintas a la del trigo, permitiendo así el uso de harinas integrales, de otros cereales. Incluirá además productos más beneficiosos para la salud, y muy demandados por el consumidor moderno, como son productos como el salvado.

Esta nueva definición de ‘pan común’ permite que a partir de ahora se aplique un IVA reducido a muchos más productos que hoy en día se consideran de consumo habitual en los hogares, como son los panes integrales, los panes de otros cereales distintos al trigo y los panes elaborados con salvado. De esta forma y gracias a la ampliación de la definición de ‘pan común’, se van a beneficiar del tipo de IVA reducido (4%) más tipos de panes que tenían actualmente un tipo del 10%.

En cuanto a la sal empleada para elaborar el ‘pan común’, se ha incluido también en la nueva norma de calidad del pan una medida consistente en limitar la cantidad de este producto que se puede utilizar.

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