Un juzgado anula la paralización de la canalización por vía pública de tuberías de Disa en Puerto del Rosario

Un juzgado anula  la paralización de la canalización por vía pública de tuberías de Disa en La Hondura, en Puerto del Rosario, según ha podido conocer Radio Sintonía Fuerteventura en sentencia emitida el pasado 31 de marzo.

 

El Juzgado de lo Contencioso administrativo  numero 5 de Las Palmas, tal y como reclamó  la empresa Disa Fuerteventura, SL anuló mediante sentencia el pasado 31 de marzo, el acto administrativo dictado en la resolución 3027 de ,23 de octubre, de 2019,  por el concejal delegado de Fomento, Infraestructura y Mantenimiento del Ayuntamiento de Puerto del Rosario donde se recogía entre otros, proceder a la retirada de todos los elementos que se encontraban en la Avenida de los Pescadores que sean obstáculos para permitir la salida de los vecinos de la Hondura por la calle La Chalana. Proceder  por parte de los servicios municipales a modificar con lineas amarillas de señalización provisional en dichas tres calles de tal manera que se permita la entrada por la calle Chandray y la salida por la calle La Chalana. Retirar los semáforos que se han instalado y entregados a la empresa, si los quisiera recoger y, en caso contrario, que sean incautados por la policía local.

 

La empresa solicitó al Juzgado de lo Contencioso que “anulara el acto objeto de recurso por ser disconforme a derecho”. Disa  entre otros argumentos esgrimió  que “entendía que concurre desviación de poder y arbitrariedad en el proceder de la Corporación Municipal pues tal comportamiento obedece a su intención de paralizar de facto unas obras que cuentan con las correspondientes licencias y que han generado contestación social.”

El Magistrado tras enumerar doctrina con respecto a la desviación de poder y establecer que la empresa contaba con los permisos necesarios, emite su fallo donde señala que “estimo íntegramente el recurso presentado por la representación de Disa Fuerteventura SL” y añade  “con imposición de costas”.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 15 días.

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