NUEVAMENTE ASCAV SORPRENDE EN EL III FORO DE LA VIVIENDA VACACIONAL QUE TUVO LUGAR EN GRAN CANARIA

Si en la anterior  edición, ASCAV sorprendió con la  participación de  la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, esta vez, se consiguió  sentar en la mesa de debate a un prestigioso empresario hotelero, D. Nicolás Villalobos, Director General de Be Cordial Hotels and Resorts, una de las más prestigiosas cadenas hoteleras de Canarias. D. Nicolás, tampoco dejó indiferente a nadie, argumentando que: “nuestras maravillas turísticas no son patrimonio de unos pocos y que todo canario debe poder acceder a nuestro beneficio, que no precisaba que las Administraciones los protegieran, por lo que cada uno ha de protegerse a sí mismo con su trabajo diario, por ello, no se sentía de manera alguna  identificado con otras Federaciones hoteleras, mostrándose partidario de la libertad y una adecuada regulación que minore el fraude, lo cual, es perfectamente factible, dado el rastro electrónico que dejan todas las transacciones por parte de la Administración. Asimismo, también cree en la autorregulación del mercado, siendo éste, el que pone a cada uno en su sitio, haciendo explícito que  la Vivienda Vacacional ha de ser considerado como un producto turístico más que debe ocupar el lugar que le corresponde.

No menos expectación creó la presencia de la Magistrado- Juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº3 de Las Palmas de Gran Canaria, Dña. María Olympia del Rosario, la misma que no le tembló el pulso para dictar las dos últimas sentencias contra el Gobierno de Canarias, condenándole incluso a “costas” y sin capacidad de interposición de recurso alguno, ya que, la normativa que actualmente regula la Vivienda Vacacional, está repleta de múltiples incoherencias. Por la “naturaleza” del propio Decreto, la Magistrado-Juez, mostró abiertamente su optimismo frente a la modificación del Decreto 113/2015 actual.

Por su parte, Dña. María Elena Sánchez Jordán, Catedrática de Derecho Civil, apuntó que el Decreto 113/2015 “excluye a las viviendas vacacionales en zonas turísticas y urbanizaciones mixtas turísticas” y que no es lo mismo prohibir que excluir,  por tanto, si las excluye, siguen sometidas a la Ley de Arrendamientos Urbanos, lo que evidencia una vez más la “chapuza normativa” a la que está sujeta la regulación del sector. Asimismo, la Catedrática de Derecho, apuntó que el Gobierno de Canarias no tiene competencias en materia Civil y capacidad para regular las relaciones entre particulares que son de alcance Estatal. Su actuación como declaraciones, pusieron de relieve la sintonía con respecto a las irregularidades que en su momento plasmó en un informe de más de 100 páginas D. Manuel Sarmiento, Catedrático de Derecho de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y que fundamentó el Recurso de ASCAV ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, admitido a trámite.

D. Hugo Luengo, Arquitecto y experto en materia urbanística, suscribió,  una vez más la ambigüedad del Decreto 113/2015, que está facilitando a cada Cabildo y Ayuntamiento interpretar y aplicar el mismo “a mayor de su deseo” hasta el punto, que incluso en el único suelo permitido por la normativa, se impongan restricciones. Asimismo, compartió con los presentes el contenido de la solicitud de  instrucción aclaratoria  realizada  por ASCAV a la Viceconsejería de Política Territorial y Consejería de Turismo hace casi seis meses y que hasta la fecha no ha tenido respuesta alguna.

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