Se regula en Canarias el tránsito de pasajeros en puertos y aeropuertos

Muelle de Puerto del Rosario | Radio Sintonía

Se regula en Canarias el tránsito de pasajeros en puertos y aeropuertos, además el Ejecutivo regional decreta la no reapertura al público de discotecas y locales de ocio nocturno en la actual Fase 3 de la desescalada.

El Boletín Oficial de Canarias ha publicó en la tarde de este lunes  un número extraordinario en el que se recogen dos decretos del presidente de Canarias, Ángel Víctor Torres donde regula en Canarias el tránsito de pasajeros en puertos y aeropuertos: uno en los que se establecen las condiciones para la prestación del servicio de transporte marítimo interinsular y las medidas para el control de las personas que se desplacen por vía aérea o marítima en Canarias para garantizar la contención de la pandemia de la COVID-19, y otro sobre la no reapertura al público de locales de discotecas y bares de ocio nocturno.

Transporte marítimo interinsular Fuerteventura

En el decreto publicado se establecen las condiciones de conectividad marítima interinsular en Canarias y se mantienen el número máximo de trayectos y frecuencias diarias por sentido que pueden realizar las compañías navieras.

Así, se establecen 4 frecuencias diarias; entre Corralejo y Playa Blanca;  1 entre Las Palmas de Gran Canaria y Puerto del Rosario y 2 entre Las Palmas de Gran Canaria y Morro Jable

Control de pasajeros

En cuanto a las medidas de control de pasajeros para garantizar la protección de la salud pública, desde este lunes, 8 de junio, las personas que se desplacen por vía aérea o marítima entre islas deben someterse a dos tipos de control

Control de los motivos del desplazamiento.- afectará a las personas que se desplacen por vía aérea o marítima a Canarias procedentes de aeropuertos o puertos de fuera del Archipiélago y los motivos deberán ajustarse a algunos de los supuestos recogidos en el Real Decreto del 14 de marzo de declaración del estado de alarma:

Los pasajeros deberán hacer una declaración responsable sobre el motivo del desplazamiento y que será recabada y conservada por las compañías aéreas y las navieras.

Control de temperatura.- afectará a las personas, tanto pasajeros como miembros de las tripulaciones, que se desplacen por vía aérea o marítima, ya sean en trayectos entre islas o procedentes del exterior.

Decreto sobre la reapertura de discotecas y locales de ocio nocturno

Por otra parte, el BOC extraordinario publica un decreto del presidente de Canarias en el que se establece la no reapertura al público de discotecas y locales de ocio nocturno.

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