Puerto del Rosario aprueba inicialmente la Ordenanza Municipal Reguladora de las Actuaciones Musicales de Pequeño Formato

Primero de Mayo en Puerto del Rosario
Puerto del Rosario

El pleno celebrado este lunes 29 de agosto en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario  aprobó inicialmente la Ordenanza Municipal Reguladora de las Actuaciones Musicales de Pequeño Formato y de la Determinación del Carácter Esporádico de los Espectáculos Públicos Musicales.

Esta medida atenderá a la demanda social de actividades de dinamización de los locales que han de ir compaginados con el cumplimiento de la normativa de protección de la contaminación acústica.

El alcalde, David de Vera, valoró la aprobación de la ordenanza que “no solo fomentará la dinamización social y el entretenimiento, sino que también garantizará que estas actividades se realicen de manera ordenada, respetando el derecho al descanso de nuestros vecinos”.

Por su parte, la concejala de Urbanismo, Ana Hernández, destacó la importancia de esta regulación para el equilibrio entre la actividad económica y el bienestar ciudadano. En este sentido, añadió que “hemos trabajado intensamente para elaborar una normativa que permita a los establecimientos de restauración ofrecer entretenimiento musical sin perjudicar a los residentes. La ordenanza establece criterios claros y requisitos que aseguran un desarrollo armonioso de estas actividades”.

La nueva normativa establece que las actuaciones musicales de pequeño formato deberán realizarse en el interior de los establecimientos o en sus terrazas o espacios libres privados de uso público, nunca en la vía pública. Además, se han definido limitaciones horarias y valores límite de ruido para garantizar el respeto al descanso de los ciudadanos. La ordenanza también contempla la posibilidad de modificar los horarios en función de circunstancias específicas que puedan surgir, siempre buscando un equilibrio entre el entretenimiento y el bienestar vecinal.

Con esta aprobación inicial, se abre un período de información pública y audiencia a los interesados por un plazo de treinta días, durante el cual se podrán presentar reclamaciones y sugerencias antes de la aprobación definitiva por el pleno.

Deja un comentario