Publicada la orden de veda para la temporada de caza en la isla de Fuerteventura

Por primera vez la isla consigue el campo abierto de caza sin arma y sin captura con perro de muestra.

El Cabildo de Fuerteventura, a través de la consejería de Deportes y Caza que dirige Claudio Gutiérrez, abre la veda para la práctica deportiva de la caza menor, que se extenderá desde el próximo 15 de julio, hasta octubre, según la modalidad. El consejero destaca que esta temporada supone una novedad para los aficionados ‘ya que es la primera vez que la Isla consigue tener esta actividad de campo abierto de caza, sin arma y sin captura con perro de muestra. Esto es algo que los cazadores llevaban muchos años esperando y que por fin va a ser una realidad’.

Las normas que regirán esta temporada serán las siguientes:

  1. A) Especies autorizadas: perdiz moruna, conejo, paloma bravía, ardilla moruna y animales asilvestrados.
  2. B) Períodos y días hábiles por modalidad:
  • Caza sin arma y sin captura con un perro de muestra, los jueves y domingos de 15 de julio a 16 de septiembre.
  • Caza con perro de pelo del conejo, ardilla moruna y animales asilvestrados, los domingos 8 y 15 de agosto.
  • Caza con perro de pelo y hurón del conejo, la ardilla moruna y animales asilvestrados, los domingos de 22 de agosto a 31 de octubre, ambos inclusive.
  • Caza con perro de muestra y escopeta o arco de la perdiz moruna, la paloma bravía, la ardilla moruna y los animales asilvestrados, los domingos del 19 de septiembre al 31 de octubre, ambos inclusive.
  1. C) Condiciones de uso del hurón: Se autoriza un máximo de dos hurones por cazador y seis por cuadrilla con licencia clase C.
  2. D) Condiciones de uso de perros: Se autoriza el uso de un máximo de cuatro perros por cazador y 10 por cuadrilla. Se prohíbe la caza, individual o en cuadrilla, conjuntamente con perros de pelo y de muestra, debiendo decidir según la modalidad que se practique, entre el uso exclusivo de perros de pelo para la caza del conejo, la ardilla moruna y animales asilvestrados y el uso exclusivo de perros de muestra para la caza de la perdiz moruna, la paloma, la ardilla moruna y animales asilvestrados. En la modalidad de caza con arco solo se autoriza un perro por cazador.
  3. E) Condiciones para la caza en cuadrilla: Se compondrán por un mínimo de tres cazadores y un máximo de cinco. En la modalidad de caza con arco se autoriza un máximo de tres cazadores por cuadrilla.
  4. F) Limitaciones al número de piezas cazables: Por cazador y día se autoriza un máximo de tres conejos, o tres perdices morunas, y no habrá límite para la paloma bravía. Por cuadrilla y día se autoriza un máximo de 10 perdices morunas o 10 conejos, y no habrá límite para la paloma bravía. En la caza con arco se autoriza un máximo de ocho piezas por cuadrilla. No habrá límite de piezas de ardilla moruna y animales asilvestrados.
  5. G) Prohibiciones y limitaciones en determinados espacios públicos: Se prohíbe la caza de todas las especies en la Madre del Agua y los refugios de caza de la Laguna de Tesjuate, Castillo de Lara, Costa Calma, Lajares y en los Parques Naturales de Las Dunas de Corralejo e Islote de Lobos, y en todos los campos de entrenamiento, excepto en los destinados a perro de muestra: Malpaís Grande y Coto de Los Camachos. En la finca de “Cercado del Jarde”(Antigua), solo se autoriza, en las fechas establecidas para la caza del conejo, la modalidad con perro de pelo y hurón.

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