¿Por qué debe conservarse el inmueble de la calle Secundino Alonso?

Inmueble número 13-15 de la calle Secundino Alonso

Radio Sintonía se ha puesto en contacto con Carmelo C. Torres Torres, doctor en Historia y Máster Internacional en Conservación del Patrimonio, para conocer, desde su punto de vista y tras su reclamación oficial dirigida a la Dirección General de Patrimonio del Gobierno de Canarias, los motivos por los cuales el inmueble número 13-15 de la calle Secundino Alonso debe ser preservado.

 

En primer lugar, manifiesta Carmelo Torres, la razón es la de seguir la Ley 11/2019, de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias que, según explica el experto, refiere que “se deben conservar aquellos inmuebles que tengan cierta antigüedad y construidos con técnicas que ya no se emplean”. “Esta vivienda es del tipo popular canario, hablamos de una vivienda que probablemente tenga más de 130 años, con unos materiales que hoy en día ya no se emplean y técnicas que se han perdido”, explica Torres, quien ha manifestado también que “su caída o demolición sería la pérdida de un bien que no se puede reconstruir, una pérdida inconmesurable”.

El historiador traslada que este inmueble formaba parte de la segunda etapa de ocupación de Puerto de Cabras, a finales del siglo XIX, probablemente entre los años 1880 y 1900, periodo de la ampliación de la ciudad hacia el interior de la isla.

Estas son, para Carmelo Torres, las razones que fundamentan que “este edificio sea protegido de cara a unas obras nuevas, sin sentido, con todo el espacio que hay en Fuerteventura, para ampliar un clínica en pleno centro de Puerto del Rosario”, siendo testigos, una vez más, de “la disputa entre el desarrollismo y la tradición”.

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