Pedro Amador deberá esperar nuevas resoluciones judiciales

Pedro Amador hace entrega del bastón a Isaí Blanco, como nuevo Alcalde
Desestimado el recurso de Pedro M. Amador contra la Diligencia de la Secretaria General del Ayuntamiento de La Oliva de fecha 2 de mayo sobre la verificación  de las firmas de los proponentes de la moción  de censura y contra la convocatoria de 3 de mayo para la celebración del pleno de la moción de censura.
El Juzgado de lo Contencioso – Administrativo nº 4 de Las Palmas en su sentencia del 20 de Octubre, ha desestimado el recurso interpuesto por Pedro M. Amador Jimenez para la Protección de los Derechos Fundamentales por entender la convocatoria del pleno para el debate y votación de la moción por si solos no inciden en el derecho fundamental por cuanto no suponen el cese de Pedro Amador como Alcalde, efecto éste que solo se produce en caso de prosperar la moción y que será contra el acuerdo adoptado tras la tramitación y votación de la moción frente al que Pedro M. Amador debe hacer valer sus pretensiones.

Tras la celebración del pleno de la moción de censura que cesaba a Pedro M. Amador en su condición de Alcalde se iniciaron nuevas acciones judiciales aun por resolver.

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