La Justicia deniega la restricción a la movilidad nocturna en Canarias

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha rechazado la medida sanitaria contra la propagación de la Covid-19 acordada por el consejero de Sanidad del Gobierno de Canarias el pasado 28 de diciembre. Se trata de una medida que pretendía restringir la movilidad en la noche del 31 de diciembre al 1 de enero, del 1 al 2 de enero, y del 5 al 6 del mismo mes (entre las 01:00 horas y las 06:00 horas en las Islas en nivel 3 y 4; y entre las 02:00 horas y las 06:00 horas en las Islas en nivel 2).

En un auto notificado esta tarde, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC en su sede de Las Palmas, formada por las magistradas María Mercedes Martín Olivera (ponente), Lucía Déborah Padilla Ramos y el magistrado Antonio Doreste Armas, considera que la medida no cumple los indicadores de idoneidad, necesidad y ponderación. Señala, a este respecto, que “es excesiva y genera un perjuicio grave para la generalidad de las personas”.

Por tanto, la Sala resuelve “no autorizar la medida sanitaria acordada por la Orden del consejero de Sanidad”.

Cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de tres días.

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