El SCS regula los requisitos para los viajes entre islas en Semana Santa

Aeropuerto de Fuerteventura.

El Servicio Canario de la Salud, regula los viajes  entre islas estableciendo  las medidas específicas y temporales para la contención de la COVID-19 para Semana Santa. La resolución, que se publicará previsiblemente mañana lunes en el BOC, determina entre los requisitos que todos los pasajeros que viajen entre islas, entre el 26 de marzo y el 9 de abril, deberán presentar una declaración responsable acreditando el motivo del desplazamiento.

Prueba de diagnóstico activo (PDIA)

Para aquellos desplazamientos que no estén adecuadamente justificados por alguno de los motivos recogidos en el apartado 1.4.2 del Acuerdo de Gobierno de 19 de junio de 2020 y sus sucesivas actualizaciones,se contempla como requisito que  los viajeros a partir de 6 de edad deberán presentar una prueba de diagnóstico activo (PDIA) negativa realizada en la 72 horas previas a la llegada al lugar de destino.

Esta limitación a la entrada y salida de personas entre las islas estará vigente desde las 00:00 horas del 26 de marzo hasta las doce de la noche del 9 de abril y afecta a los desplazamientos inteinsulares por vía aérea o marítima, con independencia del nivel de alerta en que se encuentre la isla y del lugar de residencia habitual de la persona que se desplace.

Viajes en Semana Santa  entre las islas de La Graciosa y Lanzarote

La limitación no afecta a los desplazamientos entre las islas de La Graciosa y Lanzarote para los residentes en la primera. Tampoco a los desplazamientos con origen o destino en el extranjero o en el resto del territorio nacional, que se regirán por su normativa específica, ni a las escalas que se realicen en Canarias con origen y destino en el extranjero o en el resto del territorio nacional, cuando sean por tiempo limitado que no permita la salida del recinto portuario o aeroportuario.

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