El Juzgado obliga al Ayuntamiento de La Oliva devolver a un contribuyente 1.800 euros de Plusvalía

Imagen de archivo del ayuntamiento de La Oliva

El Juzgado de lo contencioso administrativo número 6 de Las Palmas en sentencia de 2 de o ctubre de 2018 condena al ayuntamiento de La Oliva a reintegrar 1.890,15 euros al contribuyente ,representado por el abogado Juan Manuel Verdugo de Inlex gordillo&verdugo SL, que satisfizo el tributo de plusvalía municipal con intereses moratorios desde el pago.

Para ello se basa en la inexistencia de incremento de valor del inmueble entre la adquisición y posterior venta. En concreto a tenor de la prueba practicada propuesta por el demandante la propia agencia tributaria constató una pérdida patrimonial en el ejercicio en que se produjo la venta que generó la plusvalía municipal.

Asume el Juzgado la doctrina emanada del Tribunal Constitucional y posteriormente interpretada por el Tribunal Supremo en el sentido de tener que probar la efectiva inexistencia de incremento de valor del bien vendido para que no de lugar a que se genere el hecho imponible.

 

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