Accionistas de Banco Popular podrán recuperar su inversión

Imagen de Internet de un cajero automático.

Esta semana se ha hecho pública la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Puerto del Rosario en la que se estima la nulidad en la adquisición y consiguientemente restitución de las cantidades invertidas por una sociedad en la ampliación de capital del Banco Popular en 2016, una vez se diluyó la totalidad de la misma con su pérdida tras la quiebra del banco y su absorción por el Banco Santander.

La dirección del procedimiento fue llevada por el Letrado del despacho In-Lex, Juan Manuel Verdugo, colaborador de Radio Sintonía en el espacio ‘El Gabinete’.

Son varias las Audiencias Provinciales que han asumido que efectivamente las cuentas que sirvieron de base a la ampliación de capital contenían inexactitudes tras y como confirmaron los peritos del Banco de España recientemente en el procedimiento penal que se sigue ante la Audiencia Nacional, y por ello el consentimiento prestado por los accionistas estaba viciado hasta el punto de anularse la adquisición.

A raíz de esta sentencia, se establece que los cientos de afectados de Isla tendrán la posibilidad de recuperar las cantidades que en su día invirtieron en la adquisición de acciones de Banco Popular.

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